Un tribunal decretó esta medida por culpa exclusiva de la mujer, quien maltrataba a su marido y delante de varios conocidos de la pareja le arrojó el fruto en su cara. Según el fallo, “es de toda evidencia que insultar al esposo frente a su empleada y, en una ocasión, arrojarle un tomate, el que dio en su rostro, es una actitud injuriante que queda atrapada por el concepto de violencia y gravedad”.
Un sitio web jurídico, califica a la conducta de la mujer (tomatazo incluido) como “injuria grave”, y explica que ello “consiste en las palabras, actitudes o hechos de uno de los cónyuges que importan un agravio para el otro, una ofensa o menoscabo o ataquen su honor, su reputación o su dignidad”.
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